SCJN acota el fuero militar

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio obligatorio para determinar la competencia de la jurisdicción militar, al precisar que no se actualiza de manera automática y debe analizarse en cada caso concreto.

El Pleno determinó que sólo procede el fuero militar cuando exista una conexión estricta entre el hecho atribuido a la persona militar y una afectación directa a la disciplina castrense, lo que implica verificar si se vulnera la organización jerárquica de la institución y si se obstaculiza el objetivo de las Fuerzas Armadas, entendido como la seguridad nacional y la protección del Estado.

La Corte aclaró que no basta con que el delito esté previsto en el Código Penal Militar; lo decisivo es comprobar si la conducta imputada incide efectivamente en el bien jurídico de la disciplina militar.

De no acreditarse la relación, el caso pasará a los tribunales penales ordinarios.

Con este criterio, las personas juzgadoras del país deberán aplicar esta metodología en asuntos que involucren a militares, incluidos los relacionados con el delito de ejercicio ilícito del servicio público, reforzando la excepcionalidad del fuero castrense y fortaleciendo la seguridad jurídica.

Por Héctor Tenorio / iQ Noticias con información SCJN

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