CDMX a 24 de abril 2024.- El Pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general y en lo particular, un dictamen que reforma la Ley de Amparo, en materia de suspensión del acto reclamando o inconstitucionalidad de normas generales.
El dictamen que se avaló en lo general con 258 votos a favor y 213 en contra, señala que, tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales.
Por ello, la reforma tiene como propósito que, en los juicios de amparo se elimine la posibilidad de que órganos jurisdiccionales resuelvan sobre la suspensión provisional cuando se esté en contra del orden público, el interés general o contra leyes generales expedidas por el Congreso de la Unión.
Cabe destacar que el documento hace mención que el juicio de amparo es un medio de control constitucional contra los actos emitidos con motivo del ejercicio de poder previsto, el cual tiene por objetivo proteger los derechos humanos establecidos en la Constitución.
En el debate, el diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz (Morena) señaló que la interpretación judicial se ha arrogado a sí misma facultades que no están en el derecho mexicano, por lo que con dicha reforma no se violan los derechos humanos, sino que manda el mensaje de que la ley no debe interpretarse políticamente.
En contraste, la diputada Lizbeth Mata Lozano (PAN) comentó que, con dicha minuta, se está disminuyendo el derecho de acceso a la justicia, además de que se elimina en la Ley de Amparo el análisis ponderado que cada juez tiene para hacer una apariencia del buen derecho y del interés social.
En tanto, la diputada Lilia Villafuerte Zavala (PVEM) dijo que es necesario acotar los efectos generales de la suspensión para que la misma y sus consecuencias dentro de la ley solo comprendan a la parte quejosa, pues la suspensión de una ley antes de una sentencia definitiva va en contra del principio de presunción de constitucionalidad.
“Lo único que queremos es que el Poder Judicial deje de extralimitarse en sus funciones”, afirmó la diputada Mary Carmen Bernal Martínez (PT), quien explicó que la reforma no pretende limitar el juicio de amparo, sino que busca dar claridad a la ley para que se deje de actuar a criterio del juzgador.
Luego de la presentación de reservas y al no avalarse ninguna, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta en lo particular con 254 a favor, 204 en contra y cero abstenciones, por lo que se remitió al Ejecutivo Federal.
Fuente: Canal del Congreso de la unión